Imagen Novetat
Riuà 2024
Data Novetat
Municipis
T'interessa!

Información Emergencia DANA

Ayudas e indemnizaciones

Generalitat Valenciana

  • Ayudas urgentes para paliar la pérdida de bienes de primera necesidad de las personas físicas, producida por el temporal de viento y lluvias iniciado el 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana (DANA): TRÁMITE ABIERTO (hasta 16 de diciembre de 2024)

    • Importe: 6.000 € por vivienda afectada

    • Quién puede presentarla: Las personas físicas que tienen a su disposición una vivienda ubicada en alguno de los municipios afectados por el temporal, cuyo contenido haya resultado gravemente dañado por el temporal.

Gobierno de España

  • Ayudas de emergencia en caso de determinados siniestros o catástrofes. El Real Decreto-ley 6/2024, de 5 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 amplía las cantidades y cambia los requisitos según el caso. Las solicitudes para la concesión de estas ayudas se presentarán en el plazo de dos meses desde la publicación en el BOE.

    • Daños personales. TRÁMITE ABIERTO

      • La cuantía pasa a ser 72.000 euros.

      • Se elimina el requisito de dependencia económica

    • Daños en viviendas y enseres. TRÁMITE ABIERTO

      • Al objeto de acreditar la titularidad sobre los inmuebles afectados por los siniestros se admitirá como medio de prueba cualquier documento que demuestre dicha titularidad, como los recibos de pago del Impuesto sobre Bienes Inmuebles u otros de análoga naturaleza.

      • Para acreditar la cuantía del daño en la vivienda y enseres de primera necesidad, en aquellos casos en los que no exista cobertura de un seguro, se admitirá  un informe pericial contratado y validado por el ayuntamiento en el que conste la destrucción de la vivienda con una valoración de la misma, o los daños sufridos por esta o en los enseres de primera necesidad con una valoración de los mismos.

      • Las cuantías máximas pasan a ser las siguientes

        • Por destrucción total de la vivienda habitual: 60.480 euros.

        • Por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual: 41.280 euros.

        • Por daños que no afecten a la estructura de la vivienda habitual: 20.640 euros.

        • Por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad (muebles y electrodomésticos) de la vivienda habitual: 10.320 euros.

    • Para establecimientos comerciales, industriales y de servicios, de menos de 50 trabajadores. TRÁMITE ABIERTO

      • Cuando la persona interesada hubiese sido indemnizada por el Consorcio de Compensación de Seguros con aplicación de la franquicia prevista en el artículo 9 del Reglamento del seguro de riesgos extraordinarios, aprobado por el Real Decreto 300/2004, de 20 de febrero, se podrá conceder una subvención de hasta el 7 % de la cuantía de los daños indemnizables producidos por el siniestro, hasta el importe máximo de 36.896 euros contemplado en el artículo 28 del Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, sin que, en ningún caso, la suma de esta subvención y la indemnización que corresponda abonar en concepto de seguro, o cualquier otra subvención o ayuda pública o privada, supere el valor del daño o perjuicio producido. En estos casos, la persona interesada deberá presentar una certificación expedida por su entidad aseguradora acreditativa de que ésta no ha
        abonado en todo o en parte el importe correspondiente a la franquicia legal aplicada por el Consorcio de Compensación de Seguros. 

    • Comunidades de Propietarios. TRÁMITE ABIERTO.

      • La cuantía por daños en elementos comunes de uso general de una comunidad de vecinos en régimen de propiedad horizontal pasa a ser de 36.896 euros.

    • Corporaciones Locales. TRÁMITE ABIERTO.

 

  • Medidas urgentes de respuesta ante los daños causados por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024 (BOE)

    • Medidas fiscales

      • Los hogares afectados no pagarán el IBI de 2024 para las viviendas y negocios

      • Se declaran exentas del IRPF todas las ayudas por daños personales.

      • Reducción en el IAE de 2024.

      • El segundo plazo de la declaración de la renta de este año se aplazará hasta el 5 de febrero de 2025 para los afectados

      • No se pagarán tasas de Tráfico ni en la Policía al tramitar la baja de vehículos dañados o sustituir los carnets de conducir y los DNI

      • Reducción en IRPF e IVA para explotaciones y actividades agrarias de la zona afectada.

    • Medidas en materia de Seguridad Social

      • ERTE: las empresas afectadas que suspendan temporalmente la actividad de sus trabajadores a través de un ERTE estarán exentas de pagar el 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social de la plantilla, al menos hasta febrero de 2025.

      • Prestación por cese de actividad: para autónomos que deben parar o suspender su trabajo, que corresponde al 70% de la base de cotización. Podrán acceder a la ayuda aunque no tengan el periodo mínimo de cotización exigido y sin que les reduzca sus prestaciones en el futuro.

      • Ingreso Mínimo Vital y pensiones no contributivas: aumento del 15% durante tres meses para las personas que perciben el ingreso mínimo vital o pensiones no contributivas.

    • Medidas en materia de Empleo

      • Incapacidad temporal: Se crea una incapacidad temporal extraordinaria de trabajadores y autónomos con daños físicos o psicológicos provocada por la DANA. Al considerarse accidente de trabajo, lo que garantiza el 75% de su salario desde el primer día de incapacidad.

      • Despido: se prohíbe el despido y se ofrecen permisos retribuidos en determinadas situaciones, así como convertir en prioritario el uso del teletrabajo.

      • 'Plan Me Cuida': se recupera este plan que se desarrolló durante la pandemia del Covid-19, con reducciones de jornada para cuidados, donde se contempla la reducción de hasta el 100% de la jornada laboral para conciliar.

    • Medidas para la Empresa

      • Ayudas de 5.000 euros para los autónomos y entre 10.000 y 150.000 euros para las empresas, en función de su volumen de negocio.

      • Avales ICO: se crea de una línea de avales DANA por valor de 5.000 millones de euros para hogares, empresas y autónomos. / MÁS INFORMACIÓN

    • Hipotecas

      • Los ciudadanos y las pymes que tengan una hipoteca o un préstamo al consumo podrán posponer el pago íntegro de sus créditos durante 3 meses, y pagar solo los intereses durante 9 meses adicionales.

 

  • Indemnizaciones del Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). Los daños por inundación extraordinaria sí los indemniza el CCS del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, al encontrarse dicha causa en la relación de los legalmente llamados “riesgos extraordinarios” / NOTA INFORMATIVA

    • A partir del miércoles 6 de noviembre, el CCS empieza a abonar las primeras indemnizaciones a aquellas familias y empresas que han perdido su vehículo.

    • La indemnización será un 20% superior al valor de tasación.

    • Requisitos:

      • Tener póliza de seguro en vigor. Qué cubre: vida, daños en los bienes, gastos necesarios por inhabilitación o limpieza, pérdida de beneficios

      • Aportar los datos de la póliza de seguro que se tenga en su caso (si no se dispone de ella se puede solicitar a la aseguradora)

      • Aportar documentación que acredite la titularidad de los bienes dañados, un inventario y valoración de los mismos (una lista detallada de los objetos dañados y valoración económica aproximada, e intentar no tirar estos bienes para su peritación) y de fotografías. Si es posible, obtén informes de las autoridades locales y de los servicios de emergencias sobre la inundación (pedir la gestión a las propias compañías aseguradoras)

    • Proceso: una vez enviada la documentación, hay que esperar a que el CCS o la propia aseguradora perite los daños. 

    • Tramitación

      • Notificar el siniestro lo antes posible al CCS o aseguradora:

      • en algunos casos las compañías aseguradoras o mediadores de seguros pueden realizar estas gestiones en nombre de la persona asegurada y/o tomadora del seguro. 

 

Cómo gestionar estas ayudas

  • ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA DEL COLEGIO DE ABOGADOS DE VALENCIA (ICAV): Este servicio se prestará en las sedes del JUSTIPROP. La información sobre las oficinas de JUSTIPROP en la comarca la encontrarás en este enlace. Dicho asesoramiento se organizará mediante citas previas a través de este teléfono 628400300. / MÁS INFORMACIÓN

  • ATENCIÓN GRATUITA DEL COLEGIO NOTARIAL DE VALENCIA: servicio notarial de búsqueda, expedición y entrega gratuita de copias de las escrituras públicas de sus propiedades, perdidas como consecuencia de dichas inundaciones. Del mismo modo, ofrece la gestión gratuita y de forma telemática de las actas notariales que necesiten presentar para gestionar los daños con respecto a las viviendas de personas físicas, ante las aseguradoras o el Consorcio de Compensación de Seguros. Contactar en afectadosdana@valencia.notariado.org / MÁS INFORMACIÓN

  • ATENCIÓN GRATUITA DEL COLEGIO DE REGISTRADORES DE LA COMUNIDAD VALENCIANA: servicio gratuito para facilitar notas simples gratuitas a todos los afectados por la DANA, para poder acreditar la titularidad vigente de sus inmuebles, a los efectos de la solicitud de ayudas y subvenciones. Contactar en danaregistradores@registradores.org / MÁS INFORMACIÓN

 

Información general para personas damnificadas por la DANA

  • AYUDA TERRETA: esta plataforma facilita un mapa interactivo donde las personas afectadas pueden señalar sus ubicaciones exactas y hacer peticiones según necesidades / ACCESO PLATAFORMA

  • DÓNDE ESTÁ MI COCHE: Sistema de registro y consulta de vehículos perdidos  / ACCESO PLATAFORMA 

  • SERVICIO DE RECUPERACIÓN DE FOTOS DE LA UNIVERSITAT DE VALENCIA: La Universidad de Valencia se ofrece a recuperar las fotos y álbumes embarrados de forma gratuita / MÁS INFORMACIÓN

  • COMUNIDAD DE PROFESIONALES SANITARIOS PARA ATENDER A MADRES Y BEBÉS: Si eres madre y necesitas ayuda en este canal de WhatsApp encontrarás ayuda directa / CANAL DE WHATSAPP

 

Información en materia de Empleo y Empresa

Medidas de protección disponibles para trabajadores, empresas y ciudadanía ante la DANA

1. Apoyo a trabajadores autónomos

  • Prestación por cese de actividad: Los autónomos pueden solicitar esta prestación a través de su mutua sin necesidad de cumplir con el periodo de cotización mínimo (doce meses). 

  • Beneficios adicionales: Los días de prestación no cuentan para futuras solicitudes, y el periodo de cobro se considera cotizado.

  • Cuantía: La prestación es el 70% de la base reguladora.

2. Protección laboral para empleados

  • ERTE por fuerza mayor: Las empresas pueden solicitar un ERTE temporal, suspendiendo la relación laboral o reduciendo la jornada debido a la DANA.

  • Beneficios para empresas y empleados: Exención del 100% en cotizaciones a la Seguridad Social, y los trabajadores no consumirán su prestación por desempleo al acogerse a este ERTE.

  • Solicitud: Puede realizarse a través del SEPE o llamando al 060.

3. Exoneraciones de las cuotas de la Seguridad Social de hasta 100% de cotizaciones de empresas y trabajadores, ERTEs de fuerza mayor y de prestación por cese de actividad. 

4. Atención en la Seguridad Social
Algunas oficinas de la Seguridad Social han sufrido daños, por lo que se prioriza la atención telefónica y online:

 

Información de la Generalitat Valenciana

Desaparecidos

Salud Pública

Educación

La Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo habilita una oficina de información para la DANA para centralizar las necesidades de los centros educativos, ayuntamientos, universidades y empresas.

(fuente: https://www.tierradelvino.es/pagina/informacion-emergencia-dana)

Imagen Novetat
Riuà 2024